Gran cantidad de reclamos ha sucitado el impedimento de virar hacia el oeste al momento de salir del supermercado Santa Isabel.
La falta esta calificada como GRAVE y tiene una multa de 1 a 1.5 utm ($87.500 al mes de abril de 2022)
Ademas de las criticas que recibio ese proyecto (que se autorizo en la administracion anterior) el que dejó una acequia profunda, la que ha causado varios accidentes, no dejo una pista de retorno al oeste para quienes abandonan el centro comercial luego de haber entrado viniendo desde El Principal o San Vicente vía Virginia Subercaseaux.
Pocos son los virajes legales y seguros en el sector para retornar al destino, existiendo uno en frente del ex cesfam Balmaceda, (previendo que no hayan muchos vehiculos estacionados) y solo para vehiculos menores. El otro retorno seguro es en el colegio Colonial, a más de un km de distancia.
La ultima opcion es ir a dar “la vuelta a la manzana” de Carlos Vial Infante -El Llano, Hernan Prieto- lo que alarga 6 kms el viaje para los vecinos de San Vicente o El Cruceral.
A continuación les dejamos la tabla de precios de “Los Partes” a los que se pueden ver enfrentados los conductores, en Pirque.
Informacion de www.multastransito.cl
https://www.multastransito.cl/blog/243-tipos-de-multas-de-transito-y-sus-valores
¿Qué es una infracción a la Ley de Tránsito?
Al momento de obtener la licencia de conducir, las escuelas de conductores deben dar cátedra respecto a la normativa vigente sobre tránsito, los conductores deben tener nociones o conocer la normativa que rige al momento de conducir un vehículo motorizado.
La infracción de tránsito la entendemos como aquella acción que lleva el incumplimiento de la normativa que regula la circulación, comportamiento y forma de conducción, que conlleva a sanciones administrativas. En caso de reincidencia puede conllevar a órdenes de arresto o cumplimiento de las sanciones con reclusiones.
¿Qué tipos de infracciones existen en la Ley de Tránsito?
Depende de la gravedad a que se refiera la ley, se dividen principalmente en:
- FALTAS GRAVÍSIMAS (1.5 A 3 UTM)
- FALTAS GRAVES (1 A 1.5 UTM)
- FALTAS MENOS GRAVES (0.5 A 1 UTM)
- FALTAS LEVES (0.2 A 0.5 UTM)
En el caso de los 2 primeros, por la gravedad de la situación el Juez de Policía Local revisará la aplicación de suspender la licencia de conducir por un tiempo determinado e inclusive puede ser permanente. Si existe reincidencia, el juez podrá aplicar como sanción el doble de la multa establecida por cada infracción, contemplado en el art. 204 de la Ley de Tránsito.
¿Qué pasa si tengo más de una infracción en un día?
Según el mismo artículo citado anteriormente, se aplicará la multa de mayor grado solamente, pero queda a criterio del juez aplicar otra forma de sanción dependiendo de la gravedad.
Listado de infracciones a la Ley del Tránsito
Infracciones gravisimas de 1,5 A 3 UTM con suspension de licencia de 45 días | |
ART. LEY Nº 18.290 | Infracción |
199 Nº 1 | No respetar luz roja de señal luminosa del transito |
199 Nº 1 | No respetar señal pare |
199 Nº 2 | Conducir vehiculo sin haber obtenido licencia sin perjuicio establecido en el art 194 |
203 INC 4 | Conducir a exceso de velocidad (desde 21 km/hr. sobre la maxima) |
Conducir un vehiculo realizando transporte escolar sin estar autorizado para ello | |
199 Nº 3 | Conducir vehiculo infringiendo inc 3 y 4art. 75 ley 18,290 (sin sistema de retencion infantil) |
200 Nº 32 | Manipular un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefact electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo. |
Infracciones graves de 1 A 1,5 UTM | |
ART. LEY Nº 18.290 | Infracción |
200 Nº 1 | Conducir vehiculo en condiciones fisicas deficientes |
200 Nº 1 | Conducir vehiculo en condiciones siquicas deficientes |
200 Nº 2 | Conducir con vehiculo con licencia distinta a la que corresponde |
200 Nº 3 | Sobrepasar a otro vehiculo por la berma |
200 Nº 3 | Adelantar a otro vehiculo cuando se atraviese un puente, viaducto, tunel, cruce ferroviario |
200 Nº 3 | Sobrepasar o adelantar en un paso para peatones o en un cruce no regulo |
200 Nº 4 | Entregar vehiculo a persona sin requisitos para conducir |
200 Nº 5 | Conducir vehiculo sin placa patente |
200 Nº 6 | Desobedecer señal u orden de transito de carabineros |
200 Nº 6 | Desobedecer señal u orden de transito de inspector fiscal en procedimientos de fiscalizacion indicados en la ley nº 18290 |
200 Nº 7 | No respetar signos o señales de transito |
200 Nº 8 | Tomarse los conductores de motocicletas, motonetas, bicimotos y bicicletas de otro vehiculo en movimiento en las vias publicas |
200 Nº 8 | Circular a menor velocidad que la minima fijada para la respectiva via |
200 Nº 9 | Conducir vehiculo en contra el sentido del transito/td> |
200 Nº 10 | Conducir por pista izquierda del eje de la calzada en via de dos sentidos ocupando el todo o parte del ancho de dicha calzada. |
200 Nº 11 | No respetar derecho paso de peaton |
200 Nº 11 | No respetar derecho paso de otro conductor |
200 Nº 12 | Detener o estacionar vehiculo en los puentes, tuneles, estructuras elevadas y pasos bajo nivel en cuestas, curvas de caminos |
200 Nº 12 | Detener o estacionar vehiculo en cruce |
200 Nº 12 | Detener o estacionar en la calzada o berma de los caminos publicos de dos o mas pistas de circularcion en un mismo sentido |
200 Nº 13 | Infringir normas sobre viraje |
200 Nº 14 | Conducir vehiculo con sistema de direccion deficiente |
200 Nº 14 | Conducir vehiculo con sistema de frenos deficiente |
200 Nº 15 | Conducir vehiculo sin luces cuando lo exige la ley |
200 Nº 16 | Conducir vehiculos con neumaticos en mal estado |
200 Nº 17 | No bajar la luz en carretera al enfrentar otro vehiculo |
200 Nº 17 | No bajar la luz en carretera al acercarse por detrás a otro vehiculo |
200 Nº 18 | Conducir vehiculo infringiendo normas de contaminacion |
200 Nº 18 | Conducir vehiculo sin revision tecnica de reglamento |
200 Nº 19 | Mantener animales sueltos en la via publica |
200 Nº 19 | Mantener cierros en mal estado permitiendo la salidad de animales |
200 Nº 20 | No detener vehiculo antes de cruzar linea ferrea |
200 Nº 21 | Efectuar servicio de pasajeros en vehiculo no autorizado |
200 Nº 21 | Efectuar servicio de pasajeros sin revision tecnica |
200 Nº 22 | Conducir taxi sin taximetro debiendo llevarlo |
200 Nº 22 | Conducir taxi con taximetro sin sello de la autoridad |
200 Nº 22 | Conducir taxi con taximetro acondicionado de moso que no marque la tarifa reglamentada |
200 Nº 23 | Proveer combustible a vehiculo locomocion colectiva con pasajeros en su interior |
200 Nº 24 | Conducir vehiculo sin tacografo cuando su uso sea obligatorio |
200 Nº 24 | Conducir vehiculo con tacografo en mal estado o en condiciones deficientes |
200 Nº 25 | Conducir vehiculo sin certificado de seguro obligatorio vigente |
200 Nº 25 | Conducir vehiculo sin permiso de circulacion |
200 Nº 26 | Art. 198 nº 30 ley 18.290 infraccion de responsabilidad del propietario |
200 Nº 27 | Conducir vehiculo excediendo los pesos maximos permitidos |
200 Nº 27 | Conducir vehiculo con carga que excede pesos maximos que permiten la caracteristica del veh |
203 INC 3 | Conducir a exceso de velocidad (11 a 20 km/hr sobre la maxima) |
200 Nº 28 | El uso indebido de estacionamientos exclusivos para personas con capacidades distintas |
200 Nº 29 | Detener o estacionar vehiculo en doble fila respecto a otro estacionado junto a la cuneta |
200 Nº 30 | Cruzar una via ferrea en lugar no autorizado |
200 Nº 31 | Conducir vehiculo sin cinturon de seguridad infraccion nº 10 del art. 75 |
200 Nº 33 | Mantener abiertas las puertas de un vehiculo de locomocion colectiva mientras se encuentra en movimiento |
200 Nº 33 | Llevar pasajeros en las pisaderas |
200 Nº 33 | No detenerse junto a la acera al tomar o dejar pasajeros |
200 Nº 34 | Circular por la mitad izquierda de la calzada |
200 Nº 35 | Transitar en un area urbana con restricciones por razones de contaminacion ambiental |
200 Nº 36 | Usar cualquier tipo de elemento destinado a evadir la fiscalizacion |
200 Nº 37 | Arrojar desde un vehiculo cigarrillos u otros elementos encendidos que puedan provocar un siniestro o un accidente |
200 Nº 38 | Usar los particulares dispositivos propios de vehiculos de emergencia |
200 Nº 39 | Detenerse tratandose de medios de locomocion publica en la interseccion de calles a dejar o tomar pasajeros en segunda fila o en paraderos no autorizados. |
200 Nº 40 | Toda infraccion declarada por el juez como causa principal de un accidente de transito que origine daño o lesiones leves. |
200 Nº 41 | Infringir lo dispuesto en el inciso final art. 75 obligacion de buses inter. contar con cinturon |
200 Nº 42 | No pagar la tarifa en vehiculos de locomocion colectiva |
Infracciones menos graves de 0,5 A 1 UTM | |
S. COD. | Estacionar o detener veh. en lugares prohibidos estacionar en un espacio destinado personas con discap. |
S. COD. | Infringir las normas de articulo 119 (marcha atrás) |
S. COD. | Conducir un vehículo usando indebidamente las luces |
S. COD. | Infringir los conductores, las disposiciones del articulo 146 o147 |
S. COD. | No hacer las señales debidas antes de virar |
S. COD. | Conducir vehículo sin silenciador o con este o el tubo de escape en malas condiciones, o antirreglamentario |
S. COD. | No llevar los elementos señalados en los números 1,2 y 3 del art 79 vidrios claros, limpiaparabrisas, espejo int. |
S. COD. | Detener o estacionar un vehículo en doble fila |
S. COD. | Destinar y mantener en circulación un vehículo de servicio público de pasajeros o de carga que no cumpla con los requisitos establecidos (neumáticos en buen estado, frenos, gases) |
S. COD. | Infringir las normas sobre transporte de pasajeros en los vehículos de carga |
S. COD. | Negarse los conductores de vehículos de locomoción colectiva a transportar escolares |
S. COD. | Infringir la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas establecidas en el inciso primero del art115 |
S. COD. | Conducir bicicletas, motocicletas o vehículos similares, contraviniendo en las normas sobre uso obligatorio de casco protector y demás elementos de seguridad |
S. COD. | No cumplir las obligaciones que impone le art 183 no prestar ayuda al conductor que participe en accidentes |
S. COD. | Deteriorar o alterar cualquier señal de transito |
S. COD. | Transitar un peatón por la calzada, por su derecha en los caminos, o cruzar cualquier vía o calle fuera del paso para peatones o saltar vallas peatonales |
S. COD. | Infringir las normas sobre transporte terrestre dictadas por el ministerio de trasporte y telecomunicaciones |
S. COD. | No cumplir el titular de una licencia de conductor con las obligaciones establecidas |
S. COD. | Arrojar desde un vehículo desperdicios, residuos, objetos o sustancias |
S. COD. | Infringir a lo interpuesto en el art 122 (mojar a peatones) |
S. COD. | Conducir un vehículo de alquiler o de transporte colectivo de personas con materias peligrosas |
S. COD. | Infringir la obligación del propietario de dar cuenta al registro nacional de vehículos motorizados de todas las alteraciones en los vehículos que los hagan cambiar su naturaleza características esenciales |
S. COD. | No conducir dentro de la pista de circulación demarcada o cambiar sorpresivamente de pista obstruyendo la circulación de otros vehículos |
S. COD. | Conducir un vehículo en alguna de las circunstancias a que se refiere el número 11 del art 172 |
Infracciones leves de 0,2 A 0,5 UTM | |
S. COD. | Conducir vehículo motorizado con foco en mal estado |
S. COD. | Conducir vehículo motorizado y no portar licencia de conducir |
S. COD. | Otras |
¿Es posible obtener rebajas?
En casos muy específicos se puede obtener la rebaja ¨automática¨ para realizar el pago antes de los 5 días en que recibió la infracción, esta puede ir desde el 30% al 50% menos del valor total de la multa. Algunos juzgados para agilizar los procedimientos tienden a incorporar un apartado de rebaja en las notificaciones, la recomendación es leer con atención lo que aparece allí. Siempre el juez considerará los antecedentes aportados por el propietario o conductor para obtener la revisión del monto de la multa, es por ello que siempre es importante contar con prueba suficiente que le genere convicción al magistrado.